domingo, 28 de febrero de 2010

anden, ya salió la convo del IMJ pa' los jóvenes muchachosos...

Servicios - Convocatorias
Escrito por Webmaster IMJUVE   
viernes, 26 de febrero de 2010
Con el objeto de estimular la participación juvenil mediante el apoyo a proyectos de desarrollo social dirigido a los jóvenes del país, el
Instituto Mexicano de la Juventud

C O N V O C A

A grupos y organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, a presentar propuestas para obtener recursos financieros, que se otorgaran bajo las siguientes:

BASES

I. Podrán participar todos los grupos y organizaciones sin fines de lucro que, mediante su desarrollo organizacional y consolidación, participen en cualquier eje temático contenido en esta convocatoria, presentando proyectos de desarrollo social viables para los jóvenes de 12 a 29 años en todo el país:

CATEGORIA “A”
Grupos no constituidos legalmente.
CATEGORIA “B” Organizaciones que tengan menos de dos años de haberse constituido legalmente.
CATEGORIA “C” Organizaciones que tengan de dos a cinco años de haberse constituido legalmente.
CATEGORIA “D”
 Organizaciones que tengan de cinco años en delante de haberse constituido legalmente.


II. De acuerdo a las características de los grupos y de las organizaciones, las solicitudes de apoyo a proyectos se ajustarán a los siguientes techos financieros:
• Categoría A, hasta 30 mil pesos.
• Categoría B, hasta 70 mil pesos.
• Categoría C, hasta 100 mil pesos.
• Categoría D, hasta 150 mil pesos.


III. El Comité Dictaminador determinará la asignación del monto específico, el cual no podrá ser inferior al 50% del monto máximo por categoría, tomando en cuenta los objetivos y costos del proyecto participante, así como la valoración detallada de cada una de las etapas y su alcance.


IV. El financiamiento se destinará para:
1. Capacitación, la cual deberá ser referente a la temática de su proyecto.
2. Implementación, desarrollo o culminación del proyecto, así como de los proyectos pilotos.
3. Que el grupo u organización beneficiada participe en eventos que organice y convoque el IMJUVE durante el 2010.
4. Que los grupos se constituyan legalmente (exclusivamente para la Categoría “A”). Lo anterior con la finalidad de que dichos grupos puedan recibir los beneficios que establece el artículo 7 de la Ley Federal de
5. Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
6. Los grupos u organizaciones que tomen la capacitación referida en el punto numero 1 del párrafo anterior, deberán acreditarla mediante documentación comprobatoria, expedida por la institución que imparta dicha capacitación, a fin de avalar su cumplimiento ante el IMJUVE.


V. Los proyectos deberán desarrollarse y comprobarse en un plazo máximo de 7 meses durante el año 2010, a partir del mes de mayo y hasta el 30 de Noviembre de 2010, en un esquema en el que los jóvenes se asuman como actores estratégicos del desarrollo nacional y tengan como beneficiaria directa a la población juvenil de entre 12 y 29 años y a sus comunidades, en cualquiera de los siguientes ejes temáticos:
1. Promoción de la Salud Integral
• Nutrición.
• Prevención y atención de trastornos de la conducta alimentaria.
• Prevención de adicciones.
• Prevención de accidentes automovilísticos.
• Salud sexual y reproductiva.
• Prevención y atención de infecciones de transmisión sexual (ITS) VIH SIDA.
• Salud mental.
2. Participación Juvenil
• Jóvenes en situación de calle.
• Jóvenes en conflicto con la ley.
• Jóvenes con capacidades especiales.
• Jóvenes migrantes.
• Jóvenes indígenas y rurales.
• Voluntariado y Servicio Social comunitario.
• Promoción de encuentros intergeneracionales con personas adultas mayores.
3. Formación Ciudadana
• Cultura cívica, democrática y promoción del voto.
• Derechos humanos.
• Equidad y género.
• Transparencia y combate a la corrupción.
• Monitoreo ciudadano.
• Liderazgo social juvenil.
4. Entornos Favorables para los Jóvenes
• Prevención del delito.
• Prevención de la violencia social e intrafamiliar.
• Promoción de mecanismos de autoconstrucción y vivienda juvenil.
• Promoción y cuidado del medio ambiente.
• Promoción y recuperación de espacios comunitarios.
• Promoción y recuperación de espacios de turismo regional y alternativo.

5. Educación Integral
• Alfabetización.
• Combate al rezago educativo.
• Educación no formal.
• Innovación científica y tecnológica.
• Orientación juvenil en relaciones interpersonales.
• Orientación vocacional y ocupacional productiva.
• Desarrollo artístico y cultural.


VI. El procedimiento para la recepción y dictaminación de proyectos, difusión de resultados, entrega de recursos, ejecución, evaluación y seguimiento, se efectuará de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Guía para el Registro de Proyectos que para tal efecto emita el IMJUVE (ANEXO I).


VII. Los proyectos se elaborarán de acuerdo al Formato para el Registro de Proyectos Juveniles (ANEXO V) y deberán cumplir con la documentación requerida (ANEXO IV), con los criterios generales para la selección de proyectos (ANEXO II), y con el perfil y criterios establecidos para las temáticas (ANEXO III). La Guía que contiene los anexos citados estará disponible a partir del 1º de marzo de 2010 en las instalaciones del IMJUVE, en las instancias de juventud de las entidades federativas, así como en las páginas electrónicas del IMJUVE y Poder Joven.


VIII. Los grupos y organizaciones que hayan recibido apoyos por parte del IMJUVE en el 2008, podrán solicitar financiamiento, siempre y cuando hayan presentado todos sus informes finales y productos, así como concluido y comprobado satisfactoriamente el proyecto apoyado; teniendo para tal efecto la carta de liberación expedida en el 2009 por la Subdirección de Apoyo a Proyectos Juveniles del IMJUVE.


IX. No se recibirán proyectos de: partidos políticos, agrupaciones políticas nacionales y locales, asociaciones religiosas constituidas conforme a la legislación aplicable, cualquier organización con fines de lucro, funcionarios de de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y sus familiares hasta en cuarto grado, así como Servidores Públicos estatales y/o municipales; aquellos grupos u organizaciones cuyos miembros formen parte de los comités dictaminadores, los familiares de éstos hasta en cuarto grado  y quienes directa o indirectamente estén involucrados en otro proyecto apoyado por el IMJUVE, tales como la no aceptación de una persona que funja como representante de dos organizaciones diferentes.
Los grupos y organizaciones que hayan sido beneficiados por la Convocatoria en el 2009, no podrán participar en la presente Convocatoria, salvo aquellos grupos que se constituyeron legalmente y que presenten su CLUNI al cierre de la misma conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases.


X. Se deberá presentar un proyecto de desarrollo social conforme a los ejes temáticos previstos en la presente guía, para lo cual se registrara el proyecto en línea, conforme a los formatos y anexos publicados hasta el 7 de mayo de 2010.


XI. Las organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, tendrán que registrar al IMJUVE junto con su proyecto participante y en la fecha señalada en el punto anterior, su Clave Única de Inscripción (CLUNI) y anexarlo en formato electrónico  para  constar su inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Lo anterior con la finalidad de que en caso de resultar dictaminadas favorablemente, el IMJUVE pueda entregar el apoyo correspondiente, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


XII. Los resultados acerca de la dictaminación de los proyectos se publicarán el lunes 28 de junio del presente año, en el periódico El Universal, así como en las páginas electrónicas del IMJUVE y Poder Joven.


XIII. Esta Convocatoria estará vigente a partir de su publicación.


XIV. Todo aquello que no esté previsto en la presente Convocatoria será resuelto en forma conjunta por el Comité Organizador, el Comité Dictaminador y el IMJUVE.

NOTA. Los grupos y organizaciones interesadas en presentar sus propuestas, podrán solicitar la información y documentación requerida a la Subdirección de Apoyo a Proyectos Juveniles del Instituto Mexicano de la Juventud, ubicado en Serapio Rendón No. 76, mezanine, Col. San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06470, México, D.F., teléfono (0155) 1500-1300 Ext. 1325, 1426 y 1324; en las oficinas de las instancias de juventud de la entidad correspondiente o bien, a través de las páginas electrónicas: www.imjuventud.gob.mx y www.poderjoven.org.mx.
Los grupos y organizaciones participantes, deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el contenido de las presentes Bases y de la Guía para la Presentación de Proyectos.



“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por ningún partido político y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa, deberá ser denunciado y sancionado, de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Modificado el ( viernes, 26 de febrero de 2010 )
 

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